CAFTA-DR: El Tratado de Libre Comercio Centroamérica-República Dominicana-Estados Unidos entró en vigencia en nuestro país el 1 de enero del 2009 (Ley 8622 de 21 de noviembre del 2007, publicada en el Alcance Nº 246 del 21 de diciembre del 2007.
Este tratado constituye uno de los principales instrumentos de la política comercial del país, al consolidar una relación de primer orden con nuestro principal socio en comercio e inversión.
Más información en http://www.comex.go.cr/acuerdos/cafta-dr/Paginas/default.aspx
CANADÁ: El Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de Canadá se firmó el 23 de abril del 2001 en la ciudad de Ottawa, Canadá, y entró en vigencia a partir del 07 de noviembre del 2002 (Ley No.8300 del 10 de septiembre del 2002, publicada en el Alcance No.73 de la Gaceta No.198 del 15 de octubre del 2002).
Este acuerdo comercial de nueva generación, al igual que otros acuerdos similares negociados por Costa Rica, se enmarcan dentro del objetivo central de la política de comercio exterior costarricense, el cual es promover, facilitar y consolidar la integración del país a la economía internacional.
Más información en: http://www.comex.go.cr/acuerdos/canada/Paginas/default.aspx
CARICOM: Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de Costa Rica y la Comunidad de Estados del Caribe (CARICOM), fue firmado en la ciudad de Kingston, Jamaica el 09 de marzo de 2004.
El TLC con CARICOM otorgará preferencias arancelarias a los productos costarricenses al ser exportados a los mercados de Jamaica, Guyana, Barbados, Surinam y Trinidad & Tobago.
Más información en: http://www.comex.go.cr/acuerdos/Caricom/Paginas/default.aspx
CHILE: El Tratado de Libre Comercio entre la República de Costa Rica y la República de Chile entró en vigencia en nuestro país el 15 de febrero del 2002 (Ley 8055 del 04 de enero del 2001, publicada en la Gaceta No. 42 del 28 de febrero del 2001). Si bien la negociación de este Tratado fue realizada a nivel regional entre los cinco países centroamericanos y Chile, su aplicación es bilateral entre cada país y la contraparte chilena. Vale señalar que a la fecha, este Acuerdo se encuentra vigente únicamente en Chile, El Salvador y Costa Rica.
Más información en: http://www.comex.go.cr/acuerdos/chile/Paginas/default.aspx
MÉXICO: Debido a la impotancia del mercado mexicano para los productos costarricenses, y enmarcado dentro de la nueva estrategia comercial desarrollada con fuerza en la década pasada, en el año 1994 se firmó un Tratado de Libre Comercio con México el cual entró en vigencia a partir del 1 de enero del año 1995 (Ley No. 7474 del 19 de diciembre de 1994, publicada en la Gaceta No. 244 del 23 de diciembre de 1994).
Más información en: http://www.comex.go.cr/acuerdos/mexico/Paginas/default.aspx
REPÚBLICA DOMINICANA: Este Tratado se puso en vigencia a partir del 07 de marzo del 2002, logrando con ello que los exportadores costarricenses puedan tener un mejor acceso a un mercado potencial de alrededor de 10 millones de personas, gozando de condiciones de libre comercio en alrededor de un 92% de las mercancías comprendidas en el universo arancelario.
Más información en: http://www.comex.go.cr/acuerdos/RepublicaDominicana/Paginas/default.aspx
PANAMÁ: El texto del Tratado, conformado por la parte normativa y el Protocolo Bilateral, fue aprobado por la Asamblea Legislativa en octubre del 2008, y ratificado por el Presidente de Costa Rica, Sr. Oscar Arias Sánchez, y el Presidente de Panamá, Sr. Martín Torrijos, el 24 de octubre del mismo año.
El Tratado entró en vigencia a partir del 24 de noviembre del 2008, si bien se estableció que la vigencia del Anexo 3.04 Desgravación Arancelaria sería a partir del 1 de enero del 2009.
Más información en: http://www.comex.go.cr/acuerdos/Panama2/Paginas/DefaultPanamaImp.aspx